Las reformas de 2021 al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, sobre los Acuerdos Reparatorios

Autores/as

  • Juan Antonio Castillo López

Resumen

Antes de las reformas al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales del 19 de febrero de 2021, que aluden a la procedencia de las medidas cautelares, se dispuso que el juez aplicara la correspondiente a la prisión preventiva oficiosa en los delitos inscritos en el Código Penal Federal y Código Fiscal de la Federación. Para que, en las nuevas reformas de ese precepto, se adicionaran más delitos, pero también se dejara de imponer la prisión preventiva oficiosa cuando las partes manifestaran su deseo de celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, como solución alterna del procedimiento o, dicho de otra forma, por un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias, lo que no es factible.

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Publicado

2024-07-31

Número

Sección

Doctrina