Derecho al medio ambiente y pueblos indígenas en México. Análisis del artículo 7 en el marco del Convenio 169 de la OIT
Resumen
El medio ambiente en México siempre ha estado resguardado por los pueblos indígenas, ya que son lugares en los que ellos viven; es por ello que el artículo 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo señala dentro de sus atribuciones, que son estos los cuales deberían disfrutar de los beneficios, así como de las ganancias de sus tierras y por tanto ellos deberían utilizar los recursos.Citas
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