Algunas consideraciones sobre las injurias como casual de divorcio
Resumen
El Art. 267 del Còdigo civil para el Distrito Federal establece como causas de divorcio, en su fraccipon XI: " La sevicia las amenazas a las injurias graves de un cònyuge para el otro", Injuria de acuerdo al Còdigo Penal es toda expresiòn o acciòn para manifestra desprecio o para ofender injuria, siendo suficiente con que se produzca agravio.Citas
Còdigo Civil para el Distrito Federal 1986.
Cfr.Guillermo A. Borda; op., cit; pàg.187.