Algunas consideraciones sobre las injurias como casual de divorcio

Authors

  • Hèctor Càmpora Universidad de Argentina

Abstract

El Art. 267 del Còdigo civil para el Distrito Federal establece como causas de divorcio, en su fraccipon XI: " La sevicia las amenazas a las injurias graves de un cònyuge para el otro", Injuria de acuerdo al Còdigo Penal es toda expresiòn o acciòn para manifestra desprecio o para ofender injuria, siendo suficiente con que se produzca agravio.

Author Biography

Hèctor Càmpora, Universidad de Argentina

Político y Odontólogo argentino

References

Còdigo Civil para el Distrito Federal 1986.

Cfr.Guillermo A. Borda; op., cit; pàg.187.

Published

2019-09-06

Issue

Section

Doctrina