La disolución del vínculo matrimonial en las reformas del 25 de mayo del año 2000

Authors

  • Juan Antonio Castillo López
  • José G. Zúñiga Alegría
  • Antonio E. Pardiño Quiroz

Abstract

El legislador se propuso significar la condición de las mujeres y de los niños al prescribir las reformas del 25 de mayo del 2000, a los que se sentía comprometido a reconocer su histórica lucha a favor del respeto a su integridad. Por ello, concedió en su favor importantes prerrogativas al establecer el contenido de algunos preceptos sustantivos y adjetivos. Por lo que se refiere a la figura del divorcio, procedió a delimitar los alcances del administrativo, voluntario y necesario en la forma que doctrinalmente ya eran tramitados, es decir, sólo puntualizó lo que ya era conocido. En el necesario, por ejemplo, derogó algunas causales y creó otras con la intención de significar su condición, pero sin haber tomado en consideración los lincamientos jurisprudenciales existentes y sin haberse inspirado en una misma condición de igualdad entre todos los miembros de ungrupo familiar.Se distingue entonces, que las reformas contienen disposiciones que atienden a una concepción más de carácter político que jurídico en detrimento del cónyuge varón, que hoy resulta claramente ser el vituperado del hogar y al que el legislador pretende moldear en sus reformas para que resurja en él un nuevo hombre, que haga de su familia seres pensantes y libres, no sumisas y subordinadas. Sin embargo, soslayó una vez más atender a las causas estructurales que en muchas de las ocasiones generan la conducta aberrante del cónyuge para ejercer violencia en su familia, como son: la extrema pobreza, la marginación social, el desempleo, bajos salarios, escaso desarrollo cultural y la explosión demográfica, entre otros

Published

2020-10-26

Issue

Section

Doctrina