El contrato como una de las fuentes particulares de las obligaciones
Abstract
En realidad el error es el vicio de la voluntad, puede provocar la nulidad del acto jurídico (contrato) según sea determinante o no de la voluntad, por tanto, no deben tomarse en cuenta las conductas que conducen a ese error y poco debe importar a través de que manifestaciones se llega al citado error, es decir, por inducción (dolo) o disimulo del otro sujeto (mala fe).Downloads
Published
2020-10-28
Issue
Section
Doctrina